diferentes autoridades judiciales para permanecer en libertad, pese a tener sentencia
ejecutoriada, dicha Comisión efectúo una investigación sobre retardación de justicia
particularmente en casos donde los sentenciados por estos delitos fueron liberados.
El informe elaborado por la Comisión reflejó que, si bien se ha observado una mayor
efectividad en la obtención de sentencias condenatorias en casos de feminicidios, la
impunidad en casos de violencia familiar o doméstica y violencia sexual continuarían en
niveles preocupantes.
La Comisión estableció que estas debilidades se deberían a la falta de asignación
presupuestaria, la cual impediría la correcta implementación del marco legal e institucional
de protección de los derechos de las mujeres, plasmada en una carencia de recursos
materiales, personales y de infraestructura, necesarios para brindar una atención integral a
víctimas, así como, para garantizar la debida diligencia en la investigación, sanción y
reparación.
El caso de Richard Choque fue el acabose de la credibilidad estatal en materia de
política criminal sobre feminicidio, pues se evidenció las falencias normativas, la debilidad
del sistema para proteger a las víctimas, la corrupción que campearía en el Órgano Judicial,
pero, sobre todo el deficiente sistema de registro de información vinculada con hechos de
feminicidio.
5. CONCLUSIONES
La violencia contra las mujeres históricamente está “afincada en la construcción de
relaciones inequitativas, respecto a los hombres, con base en la diferenciación de roles en la
reproducción biológica y en la producción de bienes y servicios, así como en el acceso y
control de los recursos, impuesta y naturalizada por una cultura patriarcal, que busca
mantener la subordinación de las mujeres al estereotipo hegemónico masculino” (Ministerio
de Justicia, 2013, p. 6).
Es, además una forma de violencia que adquiere características estructurales dentro
de la sociedad y el Estado, ya que es “un efecto del sistema patriarcal que repercute en toda
la sociedad, que se ejerce para mantener el control, la desigualdad y la discriminación sobre
ellas, a través del daño, el sufrimiento, el miedo y el castigo y se manifiesta en diferentes
espacios” (Coordinadora de la Mujer, 2023, p. 2).
En ese sentido, los hechos de violencia de género, incluyendo la feminicida,
secuestros, desapariciones y las situaciones de violencia domestica e intrafamiliar no son
casos aislados, esporádicos o episódicos de violencia, sino que devienen de una situación
estructural, de un fenómeno social y cultural enraizado en las costumbres y mentalidades,
fundadas en una cultura de violencia y discriminación basada en el género; si bien, los hechos
de violencia, sobre todo la feminicida, no puede ser reducida al mero dato estadístico, a partir
del análisis de los factores que la rodean, se pueden encaminar como líneas base de análisis.
La muerte violenta de las mujeres “tiene sus raíces en culturas y tradiciones que
sostienen un sistema patriarcal que las subordina al mandato masculino y se basa en
relaciones históricamente desiguales de poder, considerada la forma más grave de
discriminación y violencia contra las mujeres” (OEA, 2018, p.7).
El feminicidio es una problemática presente en todos los países de la región y de la
cual el Estado boliviano no es excepción, habiendo llegado a gestiones en la cual era “el tercer
país en Latinoamérica y el segundo en Sudamérica con la tasa más alta de feminicidios, con
1.5 por cada 100.000 mujeres” (CEPAL, 2023).
El feminicidio (la muerte de una mujer por razón de su género) ha sido una constante
a lo largo de la historia republicana de boliviana, en la década de los años 2000 fueron las
instituciones de la sociedad civil organizada las que realizaron el esfuerzo de cuantificar este
tipo de casos, aunque se tuvieron que enfrentar con la escasa información disponible o con