______________________________________________
Esta obra está bajo una licencia
Creative Commons Atribución-NoComercial
MOVILIZACIÓN LEGAL EN ESCENARIOS ATRAVESADOS POR MODELOS
EXTRACTIVOS: EXPERIENCIAS SITUADAS DE LAS DEFENSORAS
AMBIENTALES DE CASA GRANDE, EL PORTILLO Y VIZCARRA (JUJUY,
ARGENTINA)
LEGAL MOBILIZATION IN CONTEXTS SHAPED BY EXTRACTIVE MODELS: SITUATED
EXPERIENCES OF ENVIRONMENTAL DEFENDERS FROM CASA GRANDE, EL PORTILLO, AND
VIZCARRA (JUJUY, ARGENTINA)
VICTORIA DANIELA FERNÁNDEZ ALMEIDA
1
UNIVERSIDAD DE TUCUMÁN
1
Abogada recibida en la Universidad Nacional de Tucumán (Argentina), Becaria doctoral de CONICET
(Consejo Nacional de Investigaciones científicas y técnicas). Especialista en Métodos y técnicas de investigación
social por FLACSO. Candidata a Doctora en Derecho en la Universidad Nacional de Tucumán y profesora de
investigación Jurídica en la carrera de abogacía en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de
Tucumán (Argentina). Correo: vdfernandezalmeida1@gmail.com ORCID: https://orcid.org/0009-0005-9362-
4369
REVISTA DYDH. AÑO. 01. NO. 01
FERNÁNDEZ ALMEIDA / PP. 1-13
Fecha de recibido: 30 de noviembre de 2025
Fecha de aprobación: 20 de enero de 2026
RESUMEN
Este artículo analiza el proceso de movilización legal impulsado
por el grupo de Defensoras Ambientales de las comunidades
indígenas de Casa Grande, Vizcarra y El Portillo (Jujuy,
Argentina), en un territorio históricamente atravesado por la
actividad minera de El Aguilar. A partir de un enfoque situado,
el trabajo muestra cómo las mujeres elaboran encuadres
jurídicos propios para interpretar y disputar los impactos
socioambientales, resignificando el derecho al ambiente. El
estudio se centra en los escenarios ya atravesados por el
extractivismo —marcados por memorias de daño, despojo y
disciplinamiento laboral—. Se trata de un enfoque socio
jurídico, que utiliza entrevistas, observaciones participantes y
registro documental. El análisis destaca dos dimensiones clave
de la movilización legal: los encuadres legales, que traducen
experiencias comunitarias de afectación al lenguaje de derechos,
y las estructuras de sostén, conformadas por redes comunitarias,
co-comunitarias y extracomunitarias que posibilitan sostener la
acción colectiva. La movilización legal de las Defensoras
constituye una práctica comunitaria, afectiva y territorializada
que desborda el litigio formal y redefine la función del derecho
en contextos extractivos, fortaleciendo formas locales de
protección del agua, la vida y la continuidad comunitaria.
PALABRAS CLAVE
Defensoras ambientales, derechos ambientales, extractivismo,
movilización legal, pueblos indígenas.
REVISTA DYDH |
Revista de Derechos Humanos
Universidad Autónoma de Nuevo León
MOVILIZACIÓN LEGAL EN ESCENARIOS ATRAVESADOS POR MODELOS EXTRACTIVOS: EXPERIENCIAS
SITUADAS DE LAS DEFENSORAS AMBIENTALES DE CASA GRANDE, EL PORTILLO Y VIZCARRA
______________________________________________
REVISTA DYDH| Año. 01 No. 01, Julio-diciembre 2026 | ISSN en trámite
2
RESUMO
Este artigo analisa o processo de mobilização legal impulsionado pelo
grupo de Defensoras Ambientais das comunidades indígenas de Casa
Grande, Vizcarra e El Portillo (Jujuy, Argentina), em um território
historicamente atravessado pela atividade mineradora de El Aguilar. A
partir de uma abordagem situada, o trabalho mostra como as mulheres
elaboram enquadramentos jurídicos próprios para interpretar e disputar os
impactos socioambientais, ressignificando o direito ao meio ambiente. O
estudo centra-se em cenários já atravessados pelo extrativismo —
marcados por memórias de dano, despojo e disciplinamento do trabalho.
Trata-se de uma abordagem sociojurídica, que utiliza entrevistas,
observação participante e registro documental. A análise destaca duas
dimensões-chave da mobilização legal: os enquadramentos legais, que
traduzem experiências comunitárias de afetação para a linguagem dos
direitos, e as estruturas de sustentação, conformadas por redes
comunitárias, cocomunitárias e extracomunitárias que possibilitam
sustentar a ação coletiva. A mobilização legal das Defensoras constitui uma
prática comunitária, afetiva e territorializada que extrapola o litígio formal
e redefine a função do direito em contextos extrativistas, fortalecendo
formas locais de proteção da água, da vida e da continuidade comunitária.
PALAVRAS-CHAVE:
Defensoras ambientais, direitos ambientais, extrativismo, mobilização
jurídica, povos indígenas.
CITACIÓN ACADÉMICA SUGERIDA: Fernández Almeida, V. D. (2026). Movilización legal en
escenarios atravesados por modelos extractivos: experiencias situadas de las Defensoras
Ambientales de Casa Grande, El Portillo y Vizcarra (Jujuy, Argentina). Revista DyDH, 1(1), 1–13.
ABSTRACT
This article analyzes the process of legal mobilization driven by the group of
Environmental Defenders from the Indigenous communities of Casa Grande,
Vizcarra, and El Portillo (Jujuy, Argentina), in a territory historically shaped by
the mining activity of El Aguilar. Using a situated approach, the study shows
how women develop their own legal framings to interpret and contest socio-
environmental impacts, resignifying the right to a healthy environment. The
analysis focuses on contexts already traversed by extractivism—marked by
memories of harm, dispossession, and labor discipline. The research adopts a
socio-legal approach, drawing on interviews, participant observation, and
documentary analysis. The findings highlight two key dimensions of legal
mobilization: legal framings, which translate community experiences of harm
into the language of rights, and support structures, composed of community,
co-community, and extra-community networks that enable the sustainability
of collective action. The Defenders’ legal mobilization constitutes a
community-based, affective, and territorially grounded practice that exceeds
formal litigation and redefines the role of law in extractive contexts,
strengthening local forms of protection of water, life, and community
continuity.
KEY WORDS
Environmental defenders, environmental rights, extractivism,
Indigenous peoples, legal mobilization.
2
MOVILIZACIÓN LEGAL EN ESCENARIOS ATRAVESADOS POR MODELOS EXTRACTIVOS: EXPERIENCIAS
SITUADAS DE LAS DEFENSORAS AMBIENTALES DE CASA GRANDE, EL PORTILLO Y VIZCARRA
_________________________________________________________________________
REVISTA DYDH| Año. 01 No. 01, Julio-diciembre 2026 | ISSN en trámite
SUMARIO
1. INTRODUCCIÓN ∙ 2. MARCO TEÓRICO: MOVILIZACIÓN LEGAL SITUADA, ENCUADRES
Y ESTRUCTURAS DE SOSTÉN ∙ 3. EL TERRITORIO DE EL AGUILAR Y LA EMERGENCIA
DEL GRUPO DE DEFENSORAS AMBIENTALES ∙ 4. ESCENARIOS ATRAVESADOS Y
POTENCIALMENTE ATRAVESADOS POR EL MODELO EXTRACTIVO ∙ 5. LA
MOVILIZACIÓN LEGAL DESDE ABAJO: ENCUADRES, USOS Y RESIGNIFICACIONES DEL
DERECHO ∙ 6. PROCESOS SITUADOS DE USO Y RESIGNIFICACIÓN DEL DERECHO AL
AMBIENTE ∙ 7. CONCLUSIONES ∙ REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS.
------------------------------------------------------------------------------------------------------------
1. INTRODUCCIÓN
En el extremo norte de la provincia de Jujuy, dentro del área de influencia histórica
del centro minero El Aguilar, un grupo de mujeres indígenas que habitan la comunidad de
Casa Grande, Vizcarra y El Portillo conformó, en los últimos años, un colectivo de
Defensoras Ambientales que ha resignificado la participación comunitaria y los usos del
derecho en territorios atravesados por el extractivismo. Su experiencia, que emerge de una
trayectoria de conflicto socioambiental y laboral de más de ocho décadas en torno a la minería
del plomo, zinc y plata, permite comprender cómo se construyen hoy procesos de
movilización legal en contextos donde el modelo extractivo, lejos de retirarse, reconfigura
territorios, instituciones y formas de vida.
Este artículo pretender describir de manera introductoria el proceso de movilización
legal impulsado por estas Defensoras Ambientales, atendiendo a los escenarios ya
atravesados por actividades extractivas —como el territorio asociado a la Compañía Minera
El Aguilar—, donde la minería ha configurado la vida social. En este caso las prácticas de
defensa del territorio dan lugar a usos, interpretaciones y resignificaciones del derecho que
amplían los márgenes de acción de las comunidades y producen sentidos locales sobre el
ambiente, el agua, la consulta y los derechos colectivos.
La intensificación histórica del extractivismo en el norte de Jujuy ha configurado
territorios, instituciones y modos de habitar atravesados por la minería. Sin embargo, los
estudios sobre conflictividad socioambiental suelen privilegiar el litigio formal y las
respuestas institucionales, dejando menos explorado cómo las comunidades indígenas
producen procesos de movilización legal desde prácticas territoriales, memorias de daño y
sensibilidades locales sobre el ambiente. En las comunidades de Casa Grande, Vizcarra y El
Portillo, estas experiencias se expresan en la conformación de un grupo de Defensoras
Ambientales que, desde sus trayectorias comunitarias, elaboran usos y encuadres del derecho
que amplían los márgenes de acción colectiva ante modelos extractivos persistentes y
emergentes.
El interrogante que ha generado estas reflexiones gira en torno a ¿cómo elaboran las
Defensoras Ambientales de Casa Grande, Vizcarra y El Portillo procesos situados de
movilización legal en un territorio históricamente afectado por la minería de El Aguilar, y de
qué manera resignifican el derecho al ambiente desde experiencias comunitarias de daño,
riesgo anticipado y defensa del agua? Lo que nos ha llevado a tratar de analizar los procesos
de movilización legal impulsados por las Defensoras Ambientales, atendiendo a sus
encuadres jurídicos, sus estructuras de sostén y las resignificaciones del derecho al ambiente
en escenarios atravesados y potencialmente atravesados por el extractivismo.
A partir de lo cual identificamos que las Defensoras Ambientales desarrollan una
movilización legal situada que desborda el litigio formal y se enraíza en prácticas territoriales
VICTORIA DANIELA FERNÁNDEZ ALMEIDA. PP. 1-13
REVISTA DYDH| Año. 01 No. 01, Julio-diciembre 2026 | ISSN en trámite
4
cotidianas, afectos y memorias de daño. A través de sensibilidades legales locales, producen
encuadres jurídicos propios —especialmente en torno al agua, el territorio y la consulta— y
construyen estructuras multiescala de sostén que permiten disputar las dinámicas del modelo
extractivo. Esta movilización redefine el derecho al ambiente como un derecho anticipatorio
y territorializado, orientado al cuidado de la vida comunitaria y la protección del agua,
ampliando los márgenes de lo jurídicamente posible en contextos extractivos.
2. MARCO TEÓRICO: MOVILIZACIÓN LEGAL SITUADA, ENCUADRES Y
ESTRUCTURAS DE SOSTÉN
La movilización legal ha sido tradicionalmente entendida como el uso estratégico del
derecho para reclamar derechos o influir en políticas públicas (McCann, 1994; Sarat y
Scheingold, 2006). Sin embargo, los enfoques sociojurídicos latinoamericanos han mostrado
que los procesos protagonizados por comunidades indígenas y actores subalternos
desbordan las fronteras del litigio, articulándose con prácticas territoriales, memorias y
afectos que reconfiguran los sentidos del derecho (Smulovitz, 2008; Ruibal, 2015).
Este artículo se inscribe en una perspectiva situada de movilización legal, donde el
derecho es concebido como experiencia vivida, como un modo de interpretar y actuar en el
mundo. En esta línea, recupero tres nociones claves para analizar el proceso de las
Defensoras Ambientales.
Los encuadres jurídicos permiten traducir experiencias de afectación ambiental al
lenguaje de los derechos, dotando de legitimidad pública las percepciones locales del daño y
el riesgo. No se trata solo de apelar a normas, sino de elaborar diagnósticos jurídicos desde
categorías nativas, memorias comunitarias y sensibilidades territoriales que orientan la acción
colectiva.
Siguiendo a Epp (2013), la movilización legal requiere una arquitectura política,
técnica y organizativa que permita sostener procesos prolongados de defensa territorial. En
el caso analizado, estas estructuras adquieren formas comunitarias, co-comunitarias y
extracomunitarias, integrando saberes jurídicos, técnicos, organizativos y afectivos que
habilitan la continuidad del reclamo.
Desde la noción de Geertz (1983), las sensibilidades legales son marcos locales de
percepción y acción que definen cómo se entiende un conflicto, qué se considera daño y qué
se experimenta como injusticia. En las Defensoras, estas sensibilidades emergen de
experiencias intergeneracionales vinculadas al agua, al territorio y a la memoria del
extractivismo, convirtiéndose en claves para leer amenazas y construir anticipación.
Estas tres dimensiones permiten comprender la movilización legal no solo como un
conjunto de acciones jurídicas, sino como un proceso colectivo que reconfigura el vínculo
entre derecho, territorio y vida comunitaria.
3. EL TERRITORIO DE EL AGUILAR Y LA EMERGENCIA DEL GRUPO DE
DEFENSORAS AMBIENTALES
MOVILIZACIÓN LEGAL EN ESCENARIOS ATRAVESADOS POR MODELOS EXTRACTIVOS: EXPERIENCIAS
SITUADAS DE LAS DEFENSORAS AMBIENTALES DE CASA GRANDE, EL PORTILLO Y VIZCARRA
REVISTA DYDH| Año. 01 No. 01, Julio-diciembre 2026 | ISSN en trámite
3.1. UN TERRITORIO HISTÓRICAMENTE ATRAVESADO POR LA MINA
“Una noche, era joven todavía, y soñaba que del Cerro Esperanza salía mineral, que
escupía mineral; y a los días después de las detonaciones, nos enteramos de que había mineral;
yo lo había soñado antes” (ex minero de El Aguilar, marzo 2023).
2
La referencia a El Aguilar en el trabajo de campo no es unívoca: puede aludir a la
empresa, al municipio o a la serranía. Por ello, cuando hablamos de la empresa minera nos
referimos a Compañía Minera Aguilar S.A.; cuando mencionamos El Aguilar, aludimos al
municipio y al asentamiento urbano; y cuando hablamos de la serranía, nos referimos al cerro
propiamente dicho. Esta distinción es necesaria porque, en territorios marcados por enclaves
extractivos de larga duración, una misma palabra condensa historia, espacio y relaciones de
poder.
La instalación de la empresa en este territorio comenzó en 1918, con los primeros
reconocimientos geológicos que se extendieron durante casi una década (Sgrosso, 1943). El
yacimiento pasó luego a manos de Compañía Minera Aguilar S.A., subsidiaria de St. Joseph
Lead Co., que introdujo innovaciones tecnológicas como el método de flotación para el
tratamiento de minerales de plomo, zinc y plata (Salizzi, 2015).
En 1936, la Dirección General de Minas de Jujuy otorgó a la empresa 42 hectáreas
para su explotación mediante un contrato de arrendamiento con opción de compra (Gómez
Lende, 2016; Parodi y Benedetti, 2016). Tres años después, en 1939, la firma adquirió 79.000
hectáreas que incluían tierras habitadas ancestralmente por familias indígenas, quienes desde
entonces quedaron obligadas a pagar arriendos y prestar servicios personales (Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos, 2015). Este acontecimiento marcó un hito en el proceso de
desterritorialización de las comunidades coyas locales.
Hacia los años treinta se produjo un punto de inflexión: mientras que hasta 1932 los
trabajos eran exploratorios, desde 1936 comenzaron las labores subterráneas sistemáticas
(Sgrosso, 1943; Salizzi, 2014; Ferrari y Bruna, 2021). El campamento inicial se transformó
rápidamente en una villa obrera y, posteriormente, en una ciudad minera dotada de una
infraestructura excepcional para la región: policía, Registro Civil, escuelas provinciales,
escuelas profesionales para mujeres, jardines de infantes, hospital y estadios (Parodi y
Benedetti, 2016). De una planta inicial de 800 trabajadores, más 100 técnicos y
administrativos, la población vinculada a la empresa alcanzó 1.500 habitantes (Sgrosso, 1943),
y para 1944 ya sumaban 2.000 obreros (Parodi y Benedetti, 2016). Hacia 1948, El Aguilar se
había convertido en el centro minero más importante de Argentina, exportando hasta 40.000
toneladas anuales (Ferrari y Bruna, 2021).
La empresa configuró un modelo de control social característico de los enclaves
extractivos del siglo XX. Esposito (2018) describe a El Aguilar como “una institución total
que regula y administra la vida social”, al punto de constituir un “Estado privado”, mientras
que el municipio operaba como un “Estado estatal” subordinado. La fuerza laboral provenía
mayoritariamente de comunidades indígenas de Humahuaca y áreas cercanas, cuyas
actividades tradicionales —ganadería, agricultura, movilidad por los cerros— fueron
progresivamente subordinadas a la lógica minera. La empresa asignaba viviendas según
categoría laboral, proveía servicios y estructuraba el tiempo libre a través de clubes y espacios
recreativos: trabajo, vivienda y sociabilidad quedaban integrados en un único sistema de
regulación.
Este ordenamiento se sostuvo mediante mecanismos de disciplinamiento, desalojos
y castigos económicos. La carta documentada por Kingard (2003) es ilustrativa: en 1934,
Eleuterio Alancay denunció ante el gobernador haber sido expulsado de su hogar en Pisungo
2
Extracto diario de campo, marzo de 2023.
VICTORIA DANIELA FERNÁNDEZ ALMEIDA. PP. 1-13
REVISTA DYDH| Año. 01 No. 01, Julio-diciembre 2026 | ISSN en trámite
6
por negarse a reconocer la propiedad de la empresa. “A los radicales hay que matarlos de
hambre y a palos”, relata que le dijeron, solicitando una comisión que verificara “estos
atropellos injustos a costa de la Compañía”. Este registro sintetiza la forma en que la empresa
ejerció un poder cuasi soberano sobre territorios ancestrales y poblaciones indígenas.
A lo largo de las décadas de 1960 a 1980, el enclave fue escenario de intensas luchas
obreras. La AOMA – Seccional El Aguilar impulsó demandas por mejores condiciones
laborales y de vida (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, 2015). Se destacan la huelga
de 33 días de 1964, seguida de la marcha de los obreros desde la mina hacia San Salvador de
Jujuy, y la represión de 1976–1977, que incluyó la detención de 31 trabajadores y la
desaparición del dirigente Abelino Bazán. Estos episodios revelan que, dentro del orden
minero, también existían formas de resistencia y politización obrera que tensionaban el
disciplinamiento empresarial.
Desde fines de los años ochenta, sin embargo, comenzó una etapa de
reestructuración económica y tecnológica. En 1988, National Lead Co. vendió la mina al
grupo COMSUR, que redujo la planta de 1.800 a 598 trabajadores (Bernal et al., 2011; Parodi
y Benedetti, 2016). En 2004, la Dirección de Inmuebles otorgó a la empresa 98.420 hectáreas,
muchas habitadas por comunidades indígenas (Ontiveros, 2015). Un año más tarde, la mina
pasó a manos de Glencore–IFC, profundizándose la terciarización y la reducción del personal
(Gómez Lende, 2016). En 2020 se anunció el cierre de actividades, aunque en 2021 el
gobierno provincial comunicó que el Grupo INTEGRA retomaría la explotación.
Estas transformaciones, lejos de significar el retiro empresarial, abrieron un período
de reconfiguración comunitaria. El repliegue del paternalismo minero, la discontinuidad de
servicios y la creciente inestabilidad laboral hicieron emerger nuevas formas de articulación
y fortalecimiento de autoridades comunitarias. Las comunidades comenzaron a reconstruir
estructuras propias de gestión territorial, recuperar prácticas colectivas y disputar sentidos
sobre el uso del agua, el ambiente y el territorio ancestral.
En este escenario —marcado por una memoria larga de trabajo minero, despojo
territorial, control empresarial y resistencia obrera— se inscribe la emergencia del grupo de
Defensoras Ambientales. Su proceso organizativo no puede comprenderse sin esta trama
histórica que sigue moldeando los modos locales de interpretar el derecho, el ambiente y las
prácticas de defensa del agua.
3.2. LA CONFORMACIÓN DEL GRUPO DE DEFENSORAS
En este contexto de reconfiguración institucional y territorial atravesado por casi un
siglo de explotación minera, emergió el grupo de Defensoras Ambientales. Su origen no
puede comprenderse sin atender a las preocupaciones que, desde al menos 2015,
comenzaron a reiterarse en las asambleas de la comunidad aborigen de Casa Grande, Vizcarra
y El Portillo. Las mujeres observaban cada vez con mayor claridad los signos del deterioro
ambiental: cambios en la calidad y el color del agua, muerte de animales, escasez de arbustos
para el pastoreo, pérdida de hierbas medicinales y de bosque nativo, así como la
contaminación de ojos de agua por filtraciones de los diques de cola. Estas señales activaron
una alarma colectiva, pero fueron especialmente las mujeres quienes transformaron esa
preocupación en acción organizada.
La primera forma de organización surgió en 2016 dentro de los grupos de trabajo
comunitario, donde se conformó un espacio inicialmente llamado “mujeres cuidadoras del
hábitat natural de la comunidad”. Su creación se justificaba como una respuesta necesaria
para “buscar soluciones a la problemática ambiental, la falta de agua potable para consumo
y riego en los parajes rurales, el cuidado del ambiente y la protección del paisaje humano, por
las constantes intervenciones del trabajo minero en los movimientos del suelo, la
contaminación del agua, la afectación de la flora y fauna local, el derrame de desechos tóxicos
MOVILIZACIÓN LEGAL EN ESCENARIOS ATRAVESADOS POR MODELOS EXTRACTIVOS: EXPERIENCIAS
SITUADAS DE LAS DEFENSORAS AMBIENTALES DE CASA GRANDE, EL PORTILLO Y VIZCARRA
REVISTA DYDH| Año. 01 No. 01, Julio-diciembre 2026 | ISSN en trámite
en los arroyos y el cambio climático”, así como para “apoyar a la Comisión Directiva de la
Comunidad […] debido a casi un siglo de actividad minera”.
3
La asociación entre daño
ambiental y trabajo minero no era novedosa; como ellas mismas señalan, “siempre se supo”,
pero la dependencia laboral con la empresa contribuyó históricamente a silenciar o minimizar
estas preocupaciones.
El surgimiento del grupo expresa las múltiples capas de conflictividad que atraviesan
este territorio: por un lado, la conflictividad laboral y sindical que marcó la vida del
campamento minero desde mediados del siglo XX; por otro, la conflictividad ambiental,
cuyos impactos —más difusos, más cotidianos y menos institucionalizados— habían
permanecido fuera del centro de la agenda comunitaria. La necesidad inmediata de “trabajo”
y la presencia dominante de la empresa generaron un tipo de adhesión forzada que postergó
durante décadas el reconocimiento de los daños socioambientales. En ese escenario, fueron
principalmente las mujeres quienes comenzaron a problematizar aquello que estaba
naturalizado, movilizando una cadena de observaciones, comparaciones, conversaciones y
memorias que dieron forma a un proceso organizativo sostenido.
Al hablar de la comunidad, hablamos de un sujeto colectivo cuya lucha excede la
suma de experiencias individuales: es la defensa de un modo de vida, un sistema de
conocimientos y una relación espiritual con el territorio que ha sido históricamente
vulnerada. En ese marco, el impulso organizativo de las Defensoras Ambientales condensó
tanto la urgencia por atender daños concretos como la voluntad de proteger el espacio que
sostiene su vida comunitaria.
Débora Sajama fue un puntal clave en este proceso. Nacida y criada en El Aguilar,
hija de una maestra del campamento y de un obrero de socavón, aportó una mirada que
conjuga historia familiar, conocimiento del territorio y sensibilidad comunitaria. Fue ella
quien, ante situaciones como la llegada de una vecina a la asamblea con una botella de agua
negra, expresó con claridad la urgencia: “nosotros tenemos que ir a esto y reclamar a la
empresa”. Sus palabras condensan el paso de la preocupación al acto político. Las asambleas
se volvían así espacios donde observar, comparar y verificar lo que sucedía: “agua aceitosa”,
“tierra negra”, “pasto que ya no crece”
4
, signos que acumulados configuraron una narrativa
local del daño.
El grupo de Defensoras Ambientales está hoy compuesto por doce mujeres, aunque
su participación fluctúa según las responsabilidades familiares, laborales y comunitarias. Las
presiones vinculadas al trabajo en la mina afectan directa o indirectamente su continuidad:
varias mujeres dejaron de participar porque sus esposos —trabajadores o aspirantes a
reingresar a la empresa— consideraban la acción ambientalista como una amenaza a la
estabilidad económica del hogar. A ello se suman las exigencias de la triple jornada:
productiva, reproductiva y comunitaria. Sin embargo, su permanencia se sostiene en dos
motivaciones centrales: la necesidad de impulsar procesos de reparación frente a los daños
sufridos y el deseo de participar en actividades que fortalecen la conservación de su territorio,
desde la recolección de semillas hasta la recuperación de hierbas medicinales.
Cada integrante del grupo encarna una dimensión del impacto de la minería. Doña
Jacinta, de 75 años, representa la memoria larga del territorio: su vida transcurrió al ritmo de
la degradación ambiental y de la conflictividad laboral del campamento minero. Doña María
fue de las primeras en problematizar la calidad del agua, llevando al debate comunitario la
evidencia de la contaminación en su paraje. María construyo una trayectoria marcada por el
trabajo en los muestreos ambientales, aporta una lectura fina sobre los cambios del agua, la
tierra y los animales. Gabriela Colque, la más joven, combina su formación en geografía con
3
Extractos de revista de elaboración del grupo de Defensoras Ambientales.
4
Extracto diario de campo, marzo de 2023.
VICTORIA DANIELA FERNÁNDEZ ALMEIDA. PP. 1-13
REVISTA DYDH| Año. 01 No. 01, Julio-diciembre 2026 | ISSN en trámite
8
la experiencia comunitaria, mostrando cómo la defensa del territorio se reactualiza en nuevas
generaciones. Griselda, recientemente electa concejala, desafía los límites de género en la
política local y aporta un puente entre lo comunitario y lo institucional. Nancy, joven y activa,
refleja la compleja negociación entre el ingreso económico y el compromiso ambiental.
A partir de estas trayectorias diversas, las Defensoras Ambientales desarrollaron un
repertorio híbrido que articula vigilancia comunitaria del territorio, participación en
instancias estatales como la UGAMP, audiencias públicas e instancias de evaluación
ambiental; utilización estratégica de normativas ambientales y de consulta previa; articulación
con otras comunidades indígenas; acompañamiento de organizaciones extracomunitarias; y
producción de evidencia narrativa, cartográfica y testimonial. Su activismo constituye así una
plataforma desde la cual se reactualizan nociones locales del derecho, entendidas no solo
como normas, sino como prácticas, sensibilidades y expectativas vinculadas a la justicia
territorial. Desde ellas se resignifica qué es “cuidar el agua”, qué es “proteger el territorio” y
qué significa ejercer un derecho en un escenario atravesado por modelos extractivos.
En conjunto, la experiencia de las Defensoras Ambientales muestra cómo
preocupaciones cotidianas —la calidad del agua, la muerte del ganado, la pérdida de
hierbas— pueden transformarse en una lucha colectiva por la defensa del territorio,
reconfigurando la vida comunitaria y abriendo espacios de acción política protagonizados
por mujeres indígenas. Su trabajo revela, además, cómo la movilización legal y territorial
emerge desde las sensibilidades locales, en el entrecruzamiento entre memoria, afecto,
evidencia y disputa política, y cómo ese entrecruzamiento redefine las formas de hablar,
pensar y ejercer el derecho en contextos extractivos.
Su trabajo constituye una plataforma desde la cual se reactualizan nociones locales
del derecho, entendidas como prácticas, sensibilidades y expectativas vinculadas a la justicia
territorial.
4. ESCENARIOS ATRAVESADOS Y POTENCIALMENTE ATRAVESADOS POR EL
MODELO EXTRACTIVO
Una de las claves para comprender la acción colectiva y jurídica de las Defensoras
Ambientales es la coexistencia —y, en muchos casos, la superposición— de dos tipos de
escenarios que estructuran sus prácticas de movilización legal. Por un lado, se encuentran los
escenarios ya atravesados, donde el extractivismo ha dejado huellas materiales, institucionales
y afectivas persistentes. En territorios como El Aguilar y su zona de influencia, estas huellas
se manifiestan en procesos de degradación ambiental, en la consolidación de arreglos
institucionales favorables a las empresas y en la presencia de memorias comunitarias de
impacto que orientan lecturas de riesgo, daño y responsabilidad. En estos espacios, la acción
colectiva suele organizarse en torno a disputas por reparación, remediación y resguardo de
bienes comunes.
Ambos escenarios no funcionan como categorías separadas, sino como dimensiones
interrelacionadas: las experiencias marcadas por el extractivismo ya vivido moldean la
capacidad de lectura del riesgo futuro, mientras que la anticipación de nuevos proyectos
reactualiza memorias de daño y reorganiza estrategias de defensa. Este entrelazamiento
permite que las Defensoras articulen agendas comunes con comunidades de distintos puntos
de la provincia, reconociendo que la expansión extractiva desborda los límites
administrativos y comunitarios y que sus efectos inciden en aspectos vitales como el agua, la
alimentación, la movilidad, las trayectorias de vida y los derechos colectivos.
En este proceso, las articulaciones intercomunitarias cumplen un papel estratégico:
amplían la escala del conflicto —del ámbito local al regional— y contribuyen a la formación
de un lenguaje compartido sobre derechos ambientales, consulta y consentimiento libre,
previo e informado, y formas de defensa preventiva del territorio. A partir de estas prácticas,
MOVILIZACIÓN LEGAL EN ESCENARIOS ATRAVESADOS POR MODELOS EXTRACTIVOS: EXPERIENCIAS
SITUADAS DE LAS DEFENSORAS AMBIENTALES DE CASA GRANDE, EL PORTILLO Y VIZCARRA
REVISTA DYDH| Año. 01 No. 01, Julio-diciembre 2026 | ISSN en trámite
las Defensoras no solo disputan decisiones estatales y empresariales, sino que también
producen y resignifican sentidos jurídicos desde sus experiencias, afectos y categorías nativas,
proyectando horizontes normativos que exceden las definiciones institucionales
tradicionales.
5. LA MOVILIZACIÓN LEGAL DESDE ABAJO: ENCUADRES, USOS Y
RESIGNIFICACIÓN DEL DERECHO
5.1. MÁS ALLÁ DEL LITIGIO
Estas prácticas desarrolladas por medio del uso y ejercicio del derecho —tanto en
escenarios ya atravesados como potencialmente atravesados por proyectos extractivos— se
inscriben en los procesos de movilización legal, particularmente destacados en los debates
sobre encuadres de derechos y estructuras de apoyo (McCann, 1994; Epp, 2013). En este
sentido, los encuadres legales no son meros recursos discursivos, sino modos de organizar la
experiencia, traducirla al lenguaje jurídico e intervenir en debates públicos donde se disputa
la legitimidad de los proyectos extractivos. A su vez, la estructura de soporte constituye el
entramado que permite sostener estos procesos en el tiempo, generando capacidades
colectivas para disputar decisiones administrativas, judiciales y políticas.
Estos procesos de encuadre legal y de estructura de sostén se retroalimentan con los
usos, ejercicios y resignificaciones del derecho al ambiente, que se van ampliando y
transformando a medida que las comunidades elaboran nuevas formas de defensa territorial.
De este modo, el derecho al ambiente —y especialmente el derecho al agua— se vuelve un
eje articulador del conflicto, pero también un terreno donde se producen categorías nativas,
sensibilidades locales (Geertz, 1982) y formas de interpretación jurídica que exceden la
literalidad normativa.
Por esta razón, el proceso de movilización legal que observamos no se limita al litigio
judicial orientado al reconocimiento de derechos, modalidad que caracterizó buena parte de
los movimientos de derechos en el siglo XX y XXI, como lo que Epp (2013) denomina la
Revolución de los Derechos, ni tampoco se reduce a los casos más comunes en Argentina
donde el litigio es la herramienta por excelencia de estas luchas. En cambio, se trata de una
movilización legal en un sentido más amplio, situada y comunitaria.
Tal como propone Ruibal (2015), la movilización legal incluye las acciones judiciales,
pero también múltiples usos del lenguaje jurídico y la producción de encuadres discursivos
que incorporan interpretan y resignifican conceptos legales. En los escenarios atravesados o
potencialmente atravesados por modelos extractivos, encontramos actores diversos que
recurren al derecho de maneras heterogéneas, y que con ello diversifican los usos y ejercicios
del derecho al ambiente.
En este entramado, las Defensoras Ambientales interactúan simultáneamente con
actores comunitarios y extracomunitarios. Por actores comunitarios nos referimos a las
propias comunidades indígenas del territorio; mientras que por actores extracomunitarios
incluimos organizaciones de derechos humanos, abogados y abogadas que acompañan los
reclamos, así como académicos y especialistas que aportan análisis, conocimiento y
visibilidad. A su vez, los actores comunitarios interactúan con otras comunidades indígenas,
a quienes denomino actores co-comunitarios, configurando redes territoriales de aprendizaje,
solidaridad y circulación de estrategias legales.
Todos estos actores, en conjunto, conforman lo que Epp (2013) denomina una
estructura de sostén, indispensable para que las comunidades puedan sostener en el tiempo
un proceso de movilización legal robusto y efectivo. Esta estructura de apoyo se articula con
la producción de sentidos locales sobre el derecho y la justicia, generando una movilización
VICTORIA DANIELA FERNÁNDEZ ALMEIDA. PP. 1-13
REVISTA DYDH| Año. 01 No. 01, Julio-diciembre 2026 | ISSN en trámite
10
legal que no solo interpela tribunales y oficinas estatales, sino que también crea saberes,
alianzas y prácticas compartidas (Zemman, 1973; Smulovitz; Tavera de Fenollosa, 2015;
Ruibal, 2015; Sarat y Scheingold, 2006; Rodríguez Garavito, 2011; Sieder, 0; McCann, 1994).
El derecho, en este marco, no es solo un instrumento, sino un espacio de disputa
donde se producen sentidos locales y vínculos afectivos con el territorio.
5.2. ENCUADRES LEGALES Y ESTRUCTURAS DE SOSTÉN
La movilización legal desplegada por las Defensoras Ambientales puede
comprenderse a partir de dos dimensiones analíticas que permiten observar tanto los
procesos internos de producción de sentidos jurídicos como las condiciones colectivas que
posibilitan sostener las disputas en el tiempo.
5.2.1. ENCUADRES LEGALES
Los encuadres legales constituyen la forma en que las Defensoras reinterpretan el
conflicto ambiental desde categorías de derecho, justicia territorial y defensa del agua. No se
trata solo de “invocar normas”, sino de traducir experiencias de daño, riesgo y afectación
comunitaria a un lenguaje jurídico que habilita ciertas formas de reclamo y posicionamiento
político. A través de procesos de debate interno, asambleas, intercambios intercomunitarios
y observación del territorio, las Defensoras elaboran narrativas que entrelazan memoria,
afecto y normatividad. Estas narrativas permiten construir reclamos en torno al derecho al
agua, la consulta y el consentimiento, la protección del territorio y los bienes comunes, y la
responsabilidad estatal frente al avance extractivo. En este sentido, los encuadres funcionan
como verdaderas herramientas heurísticas: ordenan el conflicto, lo hacen inteligible para
actores externos y permiten disputar su definición frente a empresas y Estado.
5.2.2. ESTRUCTURAS DE SOSTÉN
La segunda dimensión corresponde a las estructuras de sostén que acompañan,
fortalecen y amplifican las acciones legales impulsadas por las comunidades. Estas estructuras
incluyen actores comunitarios (autoridades tradicionales, comisiones directivas, referentes
territoriales), co-comunitarios (otras comunidades indígenas con trayectorias de lucha
similares o afectadas por los mismos procesos extractivos) y extracomunitarios
(organizaciones de la sociedad civil, espacios académicos, defensorías públicas, abogadas y
abogados, periodistas y redes de apoyo). La articulación entre estos niveles produce una
infraestructura social y política que permite sostener la movilización más allá de coyunturas
puntuales, evitando que la presión empresarial o estatal aísle o desgaste a las comunidades.
Este soporte multiactoral cumple funciones diferenciadas pero complementarias:
aporta información técnica —por ejemplo, sobre impactos hídricos o procedimientos
administrativos—, acompaña protestas y acciones territoriales, brinda asesoramiento jurídico
para presentar reclamos ante organismos estatales, y contribuye a fortalecer la visibilidad
pública del conflicto mediante campañas, informes o presencia mediática. Además, estas
alianzas amplían el repertorio de acción colectiva disponible, permitiendo que las
comunidades combinen estrategias legales formales con acciones territoriales, pedagógicas y
comunicacionales.
En esta red de relaciones, las comunidades mantienen un rol central como fuente de
legitimidad, experiencia y dirección política del conflicto. Sin embargo, no actúan solas. La
defensa colectiva del ambiente se convierte en un proceso situado y relacional, que depende
tanto de la capacidad local de organización como de la articulación con otras escalas —
regional, nacional e incluso internacional—. Esta combinación de encuadres legales y
MOVILIZACIÓN LEGAL EN ESCENARIOS ATRAVESADOS POR MODELOS EXTRACTIVOS: EXPERIENCIAS
SITUADAS DE LAS DEFENSORAS AMBIENTALES DE CASA GRANDE, EL PORTILLO Y VIZCARRA
REVISTA DYDH| Año. 01 No. 01, Julio-diciembre 2026 | ISSN en trámite
estructuras de sostén es lo que permite que las Defensoras no solo enuncien derechos, sino
que también los movilicen de manera efectiva, disputando la definición del territorio, el
alcance del daño y los límites del modelo extractivo.
6. PROCESOS SITUADOS DE USOS Y RESIGNIFICACIÓN DEL DERECHO AL
AMBIENTE
En el escenario analizado, el derecho al ambiente no aparece como un concepto
cerrado ni estrictamente circunscrito al plano normativo. Más bien opera como un recurso
vivo, en permanente construcción, nutrido por experiencias locales de contaminación,
escasez de agua, afectaciones productivas y memorias comunitarias del extractivismo. Esta
cualidad dinámica permite que el derecho ambiental sea apropiado, reinterpretado y
proyectado desde las vivencias territoriales, produciendo sentidos jurídicos que desbordan
los marcos institucionales tradicionales.
En este proceso, las Defensoras Ambientales emplean el derecho al ambiente de
múltiples maneras que exceden su formulación legal:
● Denunciar afectaciones históricas. El derecho funciona como un marco para
visibilizar daños acumulados —ya sea por minería metálica, uso intensivo del agua o
abandono de pasivos ambientales—, resignificando estas experiencias no como
“externalidades” sino como vulneraciones de derechos colectivos.
● Anticipar los riesgos de nuevos proyectos. Frente a la posible expansión minera, el
derecho se activa como herramienta preventiva, orientada a advertir y documentar
riesgos antes de que el daño se produzca. Esta dimensión prospectiva se vuelve
central en territorios donde la experiencia previa de impacto permite evaluar con
mayor claridad la amenaza futura.
● Sostener la legitimidad de la protesta. El derecho al ambiente sirve también para
fundamentar acciones colectivas en espacios públicos y territoriales, justificando
bloqueos, marchas y asambleas como formas legítimas de defensa frente a amenazas
socioambientales.
● Exigir consulta y participación efectiva. A partir del derecho ambiental, las
comunidades reclaman su condición de sujetos colectivos con voz propia en la toma
de decisiones. Este encuadre fortalece exigencias de consulta y consentimiento, y
cuestiona procedimientos estatales que suelen privilegiar criterios tecnocráticos o
empresariales.
● Articular territorialidades indígenas diversas. El derecho se convierte en un lenguaje
común para conectar experiencias de distintas comunidades, incluso cuando sus
trayectorias históricas y sus formas de organización difieren. Esta articulación
amplifica la escala del conflicto y genera alianzas que posibilitan nuevas formas de
incidencia.
En este entramado conceptual y práctico, la defensa del territorio adquiere un lugar
central: se convierte en la matriz desde la cual se interpreta el derecho al ambiente. El
territorio no solo es un espacio vital, sino un eje estructurante de territorialidad, identidad y
continuidad comunitaria. Desde esta perspectiva, el derecho ambiental se reconfigura como
un “derecho anticipatorio”, que permite actuar antes de que el daño ocurra y justificar la
intervención preventiva basada en las sensibilidades legales situadas. Este enfoque no se
limita a una reacción frente a afectaciones ya consumadas, sino que habilita una defensa del
territorio como acto de cuidado, resguardo y protección intergeneracional.
Así entendido, el derecho al ambiente no es simplemente una categoría jurídica; es
una herramienta política, emocional y territorial que orienta la acción colectiva, habilita
VICTORIA DANIELA FERNÁNDEZ ALMEIDA. PP. 1-13
REVISTA DYDH| Año. 01 No. 01, Julio-diciembre 2026 | ISSN en trámite
12
estrategias de movilización legal y reconoce la legitimidad de la defensa anticipatoria del
territorio y de la vida comunitaria.
7. CONCLUSIONES
La experiencia de las Defensoras Ambientales de Casa Grande, Vizcarra y El Portillo
evidencia cómo las comunidades indígenas despliegan procesos de movilización legal
complejos y profundamente situados, que desbordan ampliamente las fronteras del litigio
formal. Lejos de limitarse a la presentación de reclamos administrativos o judiciales, la
movilización legal se enraíza en prácticas territoriales cotidianas: recorridos por el territorio,
lecturas ambientales comunitarias, asambleas, memorias familiares, resguardos
documentales, conversaciones intergeneracionales y gestiones sostenidas ante organismos
estatales. Esta trama de prácticas produce un modo de ejercer el derecho que se configura
desde el territorio hacia afuera, no desde la normatividad hacia adentro.
En los territorios atravesados y potencialmente atravesados por la minería, las
Defensoras no solo reaccionan frente a afectaciones socioambientales, sino que producen
relecturas del derecho que cuestionan y amplían sus sentidos dominantes. A partir de
experiencias locales de daño, riesgo anticipado y defensa del agua, elaboran encuadres del
conflicto que articulan categorías jurídicas —como derecho al ambiente, consulta,
participación, responsabilidad estatal— con categorías nativas. Estos encuadres permiten
disputar públicamente la definición de lo que está en juego: no solo recursos naturales, sino
formas de vida, vínculos comunitarios, horizontes productivos y continuidad territorial.
La acción de las Defensoras se sostiene además en redes multiactorales que incluyen
comunidades vecinas, organizaciones sociales, colectivos de abogadas y abogados,
defensorías públicas, universidades y espacios mediáticos. Estas estructuras de soporte
amplían los repertorios disponibles: facilitan la elaboración de informes técnicos, permiten
la interlocución con instituciones estatales, acompañan procesos de visibilización pública y
fortalecen la dimensión colectiva de la protesta. En este entramado, las comunidades
conservan un papel central como sujeto político y como fuente de legitimidad, pero su
capacidad de incidencia se potencia a través de alianzas que articulan diversas escalas —local,
regional y nacional—.
Toda esta dinámica revela que el derecho, en estos contextos, no opera como
herramienta exclusivamente estatal, técnica o profesionalizada. Se convierte en un campo de
acción política, afectiva y epistémica, donde confluyen memorias comunitarias, saberes
situados, demandas históricas, afectos vinculados al territorio y estrategias jurídicas formales.
El derecho es apropiado, resignificado y reterritorializado: deja de ser un conjunto
abstracto de normas para transformarse en un recurso colectivo de defensa de la vida, del
agua y de las formas comunitarias de habitar y sostener el territorio.
En suma, la experiencia de las Defensoras Ambientales muestra que la movilización
legal indígena es un proceso que combina dimensiones jurídicas, territoriales y afectivas, y
que interpela directamente los límites del modelo extractivo, al mismo tiempo que redefine
el papel del derecho en escenarios de disputa socioambiental.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Bernal, R., Martínez, G., & Medina, F. (2011). Impacto económico de las actividades mineras en la provincia de
Jujuy (Informe n.º 1). CEPAL – Naciones Unidas.
https://repositorio.cepal.org/server/api/core/bitstreams/7f9f87ed-1b0d-438e-b3c3-
c0aa2d9d631d/content
MOVILIZACIÓN LEGAL EN ESCENARIOS ATRAVESADOS POR MODELOS EXTRACTIVOS: EXPERIENCIAS
SITUADAS DE LAS DEFENSORAS AMBIENTALES DE CASA GRANDE, EL PORTILLO Y VIZCARRA
REVISTA DYDH| Año. 01 No. 01, Julio-diciembre 2026 | ISSN en trámite
Benedetti, A., & Parodi, M. (2016). Minería, descampesinización y desocupación. Trayectorias de movilidad de
cuatro mineros de El Aguilar (Jujuy, Argentina, década de 1940 a 2010). Estudios Atacameños, 129–
152. https://scielo.conicyt.cl/pdf/eatacam/n52/aop0416.pdf
Bruna, L., & Ferrari, M. (2021). Desaparición y supervivencia de poblados mineros: Veta Mina y El Molino en
El Aguilar, Jujuy, Argentina. Cuaderno Urbano, 165–201.
https://doi.org/10.30972/crn.31315783
Epp, C. R. (2013). La revolución de los derechos: abogados, activistas y cortes supremas en perspectiva comparada.
Siglo XXI Editores.
Esposito, G. (2018). Empresas, partidos y política indígena en Mina Aguilar, Jujuy, Argentina. Cuadernos del
Instituto Nacional de Antropología y Pensamiento Latinoamericano, 23–36.
Geertz, C. (1982). [Referencia incompleta – no figura edición 1982 en la bibliografía].
Gómez Lende, S. (2016). Minería metalífera en la provincia de Jujuy, Argentina. Una historia de acumulación
por desposesión (1933–2016). Estudios Sociales Contemporáneos, 37–61.
https://www.redalyc.org/pdf/6459/645967672003.pdf
McCann, M. W. (1994). Rights at Work: Pay Equity Reform and the Politics of Legal Mobilization. University
of Chicago Press.
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. (2015). [Informe citado, título no especificado]. Buenos
Aires, Argentina.
Rodríguez Garavito, C. (2011). El derecho en América Latina. Un mapa para el pensamiento jurídico del siglo
XXI. Siglo XXI Editores.
Ruibal, A. (2015). Movilización y contra-movilización legal. Propuesta para su análisis en América Latina. Política
y Gobierno, 175–198. https://www.researchgate.net/publication/276073935
Sarat, A., & Scheingold, S. (2006). Cause Lawyers and Social Movements. Stanford University Press.
Sieder, R. (2010). Legal Cultures in the (Un)Rule of Law: Indigenous Rights and Juridification in Guatemala.
Oxford University Press.
Smulovitz, C. (2008). La política por otros medios. Judicialización y movilización legal en la Argentina.
Desarrollo Económico, 48(190/191), 287–305.
Tavera Fenollosa, L. (2020). El enfoque de la movilización legal en el estudio de los movimientos sociales. Revista
mexicana de ciencias políticas y sociales, 65(239), 223–232.
Zemans, F. K. (1983). Legal Mobilization: The Neglected Role of the Law in the Political System. American
Political Science Review, 77(3), 690–703.